Según el Boletín de Informalidad Laboral octubre-diciembre 2021 del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), poco más de 1,3 millones de personas en Chile son trabajadores por cuenta propia, lo que representa el 84,5% del total de las personas ocupadas informales.
Bajo este tipo de profesionales recae el estigma de la desprotección de salud y social. Sin embargo, esto no tiene por qué ser una realidad. Así lo asegura Natali Mercado, Asesora financiera acreditada por CAMV (Comité de Acreditación de Conocimientos en el Mercado de Valores), finfluencer de Instagram y profesional independiente desde hace 10 años.
¿Parcial o total?
A todos los profesionales independientes, esta experta en educación financiera aconseja que en la Operación renta coticen total y no parcial, de esta forma tendrán coberturas al 100% de su renta imponible (con tope).
“Cuando eres independientes siempre tienes que escuchar que no tienes sueldo, que no te pagas afp, no te pagas Isapre y estás vulnerables en el sistema, pero cuando uno es ordenado y luego del aumento de las retenciones en la seguridad social, se puede estar cubierta al 100%”.
A los psicólogos, kinesiólogos, dentistas, médicos y cualquier profesional que trabaje con boletas de honorarios, especialmente a las mujeres, Natali Mercado les recomienda que se interioricen en la cobertura de nuestros sistemas de seguridad social. Acá sus beneficios:
-Seguro de invalidez y sobrevivencia:
En caso de invalidez o muerte, el ingreso base con que se determinan las pensiones de invalidez y de sobrevivencia, considerará esta Renta.
-Seguro de la Ley de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales:
En caso de un accidente del trabajo o enfermedad profesional, la base de cálculo para determinar los subsidios, las pensiones de invalidez y de sobrevivencia, considerará esta Renta Imponible.
-Seguro de acompañamiento de niños y niñas:
En el caso que su hijo o hija se vea afectado por una condición grave de salud, la base de cálculo para los subsidios considerará esta Renta Imponible.
-Salud (Fonasa o Isapre):
En caso de licencia médica, la base de cálculo para los subsidios considerará esta renta imponible.
-Pensiones:
La cotización se abonará en la cuanta de capitalización individual entre enero y diciembre del año anterior a esta operación renta, es decir 2021.
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